lourdes godínez leal
(apro-cimac).- En México los sacerdotes no estarán ya por encima de la ley y serán sujetos de las mismas sanciones que cualquier persona cuando abusen sexualmente de niñas, niños y adolescentes, afirmó la exdiputada federal Angélica de la Peña.
En la LIX Legislatura, De la Peña, quien fue miembro de la Comisión de la Niñez y Adolescencia, impulsó un dictamen de reforma al Código Penal en material de explotación sexual infantil.
Tras la decisión unánime del Senado de la República de reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en materia de explotación sexual infantil, la exdiputada perredista, enfatizó que existe un señalamiento muy riguroso respecto al tema de curas pederastas.
Al respecto, subrayó, que “no debe haber ninguna exclusión, ningún privilegio para ninguna persona, aunque sea parte de alguna religión; y todos los ministros de las distintas religiones que haya en el país están obligados a cumplir y respetar nuestra Constitución Política, por lo que la ley se aplicará igual para todos”.
Con las reformas el Código Penal, iniciativa propuesta por el ahora senador Manlio Fabio Beltrones, se sancionará a quienes abusen sexualmente de niñas, niños y adolescentes, aprovechándose de la relación personal que tienen con éstos. La reforma incluye a sacerdotes, médicos, profesores, funcionarios públicos y “todas las personas que tengan alguna relación de cercanía”.
Por ahora corresponde al Poder Judicial, a los jueces, aplicar el Código Penal reformado, explicó De la Peña. “El Legislativo ya cumplió con su tarea, al actualizar, armonizar y adecuar el Código Penal Federal, la Ley contra la Delincuencia Organizada y el Código de Procedimientos Penales a nivel federal, respondiendo a esta exigencia que la sociedad, las distintas organizaciones que abogan y luchan por los derechos de niñas, niños y adolescentes, han venido solicitándole al legislativo desde hace muchos años”, agregó.
La exdiputada recordó que con las modificaciones se reestructuró todo el Título Octavo del Código Penal Federal; se quitaron conceptos peyorativos como “menores incapaces”, y se definieron delitos inscritos en “el libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes, y de quienes no tienen capacidad para comprender el significado, el hecho, o no tienen capacidad para resistirlo”.
Se definieron, además, tipos penales de pornografía, turismo sexual infantil y lenocinio, y se corrigió el término de prostitución, porque, según explicó De la Peña, “las niñas y los niños no son prostitutos, son enganchados por la delincuencia organizada para meterlos en las redes de la prostitución”.
Al mismo tiempo en la reestructuración del Título Octavo del Código Penal Federal se derogó el concepto de “moral y buenas costumbres”, se redefinieron los delitos que están inscritos en la corrupción de personas menores de edad que no eran correctos.
Al respecto, De la Peña ejemplificó que en la definición de corrupción de personas menores de edad del Código estaba inscrito el castigar a los padres o tutores que estuvieran en situación de mendicidad y pusieran a sus niños en situación igual, “nos parecía y lo contextualizamos perfectamente en el Código Penal Federal que eso no era una materia de éste y que en todo caso es un asunto de la asistencia social”, aclaró.
Dentro de las reformas también se determinó ampliar la improcedencia del beneficio de la libertad preliberacional a los sentenciados por los delitos de pornografía, turismo sexual, lenocinio y trata de personas en menores de dieciocho años de edad.
En tanto, Elena Azaola, consejera de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), quien dio un panorama de la explotación sexual en nuestro país en su publicación La infancia como mercancía sexual México, Canadá, Estados Unidos, señaló que será “fundamental” que las autoridades tengan voluntad política para aplicar estas reformas y sancionen a los responsables.
En un comunicado emitido por esta dependencia, Azaola Garrido aplaudió estas reformas; no obstante enfatizó que si bien estas conductas ilícitas reformadas ya estaban tipificadas, lo que no ha habido es una sanción a quién o quiénes las cometen.
(apro-cimac).- En México los sacerdotes no estarán ya por encima de la ley y serán sujetos de las mismas sanciones que cualquier persona cuando abusen sexualmente de niñas, niños y adolescentes, afirmó la exdiputada federal Angélica de la Peña.
En la LIX Legislatura, De la Peña, quien fue miembro de la Comisión de la Niñez y Adolescencia, impulsó un dictamen de reforma al Código Penal en material de explotación sexual infantil.
Tras la decisión unánime del Senado de la República de reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal y Federal de Procedimientos Penales, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en materia de explotación sexual infantil, la exdiputada perredista, enfatizó que existe un señalamiento muy riguroso respecto al tema de curas pederastas.
Al respecto, subrayó, que “no debe haber ninguna exclusión, ningún privilegio para ninguna persona, aunque sea parte de alguna religión; y todos los ministros de las distintas religiones que haya en el país están obligados a cumplir y respetar nuestra Constitución Política, por lo que la ley se aplicará igual para todos”.
Con las reformas el Código Penal, iniciativa propuesta por el ahora senador Manlio Fabio Beltrones, se sancionará a quienes abusen sexualmente de niñas, niños y adolescentes, aprovechándose de la relación personal que tienen con éstos. La reforma incluye a sacerdotes, médicos, profesores, funcionarios públicos y “todas las personas que tengan alguna relación de cercanía”.
Por ahora corresponde al Poder Judicial, a los jueces, aplicar el Código Penal reformado, explicó De la Peña. “El Legislativo ya cumplió con su tarea, al actualizar, armonizar y adecuar el Código Penal Federal, la Ley contra la Delincuencia Organizada y el Código de Procedimientos Penales a nivel federal, respondiendo a esta exigencia que la sociedad, las distintas organizaciones que abogan y luchan por los derechos de niñas, niños y adolescentes, han venido solicitándole al legislativo desde hace muchos años”, agregó.
La exdiputada recordó que con las modificaciones se reestructuró todo el Título Octavo del Código Penal Federal; se quitaron conceptos peyorativos como “menores incapaces”, y se definieron delitos inscritos en “el libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes, y de quienes no tienen capacidad para comprender el significado, el hecho, o no tienen capacidad para resistirlo”.
Se definieron, además, tipos penales de pornografía, turismo sexual infantil y lenocinio, y se corrigió el término de prostitución, porque, según explicó De la Peña, “las niñas y los niños no son prostitutos, son enganchados por la delincuencia organizada para meterlos en las redes de la prostitución”.
Al mismo tiempo en la reestructuración del Título Octavo del Código Penal Federal se derogó el concepto de “moral y buenas costumbres”, se redefinieron los delitos que están inscritos en la corrupción de personas menores de edad que no eran correctos.
Al respecto, De la Peña ejemplificó que en la definición de corrupción de personas menores de edad del Código estaba inscrito el castigar a los padres o tutores que estuvieran en situación de mendicidad y pusieran a sus niños en situación igual, “nos parecía y lo contextualizamos perfectamente en el Código Penal Federal que eso no era una materia de éste y que en todo caso es un asunto de la asistencia social”, aclaró.
Dentro de las reformas también se determinó ampliar la improcedencia del beneficio de la libertad preliberacional a los sentenciados por los delitos de pornografía, turismo sexual, lenocinio y trata de personas en menores de dieciocho años de edad.
En tanto, Elena Azaola, consejera de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), quien dio un panorama de la explotación sexual en nuestro país en su publicación La infancia como mercancía sexual México, Canadá, Estados Unidos, señaló que será “fundamental” que las autoridades tengan voluntad política para aplicar estas reformas y sancionen a los responsables.
En un comunicado emitido por esta dependencia, Azaola Garrido aplaudió estas reformas; no obstante enfatizó que si bien estas conductas ilícitas reformadas ya estaban tipificadas, lo que no ha habido es una sanción a quién o quiénes las cometen.
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