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07 diciembre 2006

¿Hay o no transparencia en la información?

De Francisco A. Servin de Alba.

Les mando copia del correo que le hice llegar al Consejero Presidente del IFAI, Alonso Lujambio, respecto al asunto que traté en mi texto del día de hoy.

Reciban un saludo todos.

"Una injusticia hecha al individuo es una amenaza hecha a toda la sociedad" - Montesquieu

Señor Lujambio, me permito molestarle a sabiendas que tiene muchos asuntos que resolver, porqué ya no tengo opción a través del Sistema Integral de Solicitudes de Información y sin embargo es muy importante buscar una claridad en lo siguiente.

El pasado mes de octubre hice una solicitud al Instituto Nacional de Migración, mediante el Sistema Integral de Solicitudes de Información (me permito anexar la resolución); en donde pedía se me informara de donde provino la supuesta solicitud para expulsar del país a los abogados y al dirigente de la Red de Sobrevivientes de Abusos Sexuales de Sacerdotes, organización establecida en los Estados Unidos, que vinieron a dar una conferencia de prensa el mes de septiembre pasado.

Hace unos días, se me contesta con la negativa que establece el articulo 14, fracción lV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental. ¿Que dice ese articulo en esa fracción?:

Artículo 14. También se considerará como información reservada:

IV. Los expedientes judiciales o de los procedimientos administrativos seguidos en forma de juicio en tanto no hayan causado estado.

Muy bien, acepté con el argumento rotundo del razonamiento. Pero, cual sería mi sorpresa el día de hoy por la mañana, cuando leo la pagina en Internet del periódico Reforma, la siguiente noticia:

Acumula la PGR 79 casos de AMLO.- Un informe del IFAI reveló que López Obrador tiene un récord de 79 averiguaciones previas iniciadas durante la última década en la PGR.
Una averiguación, es simplemente un proceso, por lo cual, no está cerrado el caso. Pero, por si hubiera alguna duda, la propia ley dice al respecto claramente, en el artículo 14, fracción lll, lo siguiente: III. Las averiguaciones previas.

Sin ningún empacho, se pasaron la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Publica Gubernamental, por el arco del triunfo. ¿Será porque era información en contra del adversario político? ¿Que, la ley de transparencia, se aplica a criterio del funcionario en turno? ¿Porqué, a mi, no se me dio la información requerida y con la misma salvedad a otra persona si?

Quiero me haga el favor de darme una explicación, pues considero que todo lo que ustedes puedan declarar y hacer en su mejor esfuerzo, se cae por el propio peso del desacato.

Sin más por el momento y en espera de su respuesta, quedo a sus ordenes.

Francisco A. Servin de Alba

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