Ricardo Ravelo, Proceso 1586
Lejos de la imagen de institución transparente y garante de la justicia que se afana en proyectar, la Suprema Corte de Justicia de la Nación actúa como un poder absoluto, y como tal se aferra a sus monumentales presupuestos, de cuyos remanentes no devuelve ni un peso a la Tesorería. Documentos internos del organismo dan cuenta detallada de estos excesos y, también, de cómo privilegia a proveedores mediante una red de influencias que se evidencia igualmente en la contratación de parientes de altos funcionarios de esa instancia del Poder Judicial.
En la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no todo se apega a la legalidad: el máximo tribunal del país está convertido en un coto de poder que beneficia por igual a ministros y a funcionarios del Poder Judicial, quienes a discreción derrochan el presupuesto asignado por la Federación en viajes, compra de inmuebles mediante operaciones dudosas y pagos a empresas de amigos y familiares, como consta en documentos internos del máximo tribunal cuyas copias están en poder de Proceso.
En detrimento de la imagen de transparencia que promueve, en la Corte ya es práctica frecuente el tráfico de influencias y los negocios al amparo de contratos otorgados por asignación directa –según se desprende de los datos contenidos en los mencionados documentos administrativos–, de tal manera que altos funcionarios, empleados de confianza y hasta familiares del procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, obtienen millonarias ganancias por recomendación de amigos y presuntos socios que al mismo tiempo son (o fueron) funcionarios de la Suprema Corte.
Un caso: Con el apoyo de Arely Gómez (hermana de Leopoldo Gómez, vicepresidente de Televisa), exoficial mayor de la Corte y exsecretaria particular de Mariano Azuela, expresidente de la SCJN, la empresa Visión Holding México, S. de R. L. de C. V. acaparó importantes negocios en la institución. La compañía es propiedad de Raúl Medina Mora Icaza –según la escritura 45744, folio 283867– y fue constituida en octubre de 2001 ante el notario número 1, Roberto Núñez y Bandera.
De acuerdo con el documento Contrataciones de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública de la SCJN, dicha compañía –una de las más beneficiadas durante la gestión de Mariano Azuela– celebró en 2005 el contrato 4505004092 para prestar servicios de informática. Por un solo día de trabajo obtuvo un pago por 2 millones 967 mil pesos. Y en 2006, por concepto de “Consultoría para la implementación del plan de ejecución de tecnología de información”, la empresa de Medina Mora recibió un pago por 418 mil 883 pesos. Ninguno de los dos contratos fue sometido a licitación pública, a pesar de que un acuerdo interno de la Corte establece que deben licitarse los contratos a partir de 100 mil pesos.
A pesar de su influyentismo, Arely Gómez dejó su cargo en la SCJN en enero de este año. Pronto encontró trabajo: fue invitada a la PGR por su titular Eduardo Medina Mora. Actualmente funge como subprocuradora general de Delitos Electorales.
No es todo: Otras empresas beneficiadas en la Corte –estuvieron exentas de la licitación de ley– obtuvieron importantes contratos durante 2005 y 2006. Sicontrol, S.A., por ejemplo, cobró 665 mil 850 pesos por dos meses de asesorías para la operación de programas.
También sobresale Comunicación Corporativa Sinergis, que en un sólo día ganó 344 mil 712 pesos por la “difusión e información de mensajes y actividades gubernamentales”. Y el Palacio de Hierro no se quedó atrás: le pagaron 14 millones de pesos en cinco días hábiles por la adquisición de “vestuario, uniformes y blancos”.
Aferrados al presupuesto
Según los documentos internos de la SCJN, altos funcionarios administrativos de la Corte rinden cuentas irregulares a la Tesorería de la Federación sobre el gasto del presupuesto. Además, realizan triangulaciones poco transparentes con un objetivo: no devolver el dinero sobrante.
Lo anterior tiene una explicación. Hasta 1998, el Decr eto de Egresos no estipulaba el retorno del dinero sobrante de los presupuestos asignados a las dependencias del Poder Judicial. Tal medida entró en vigencia en 1999. Sin embargo, de acuerdo con los datos obtenidos por este semanario, de 1999 a 2005 la SCJN empezó a incurrir en prácticas ilegales: se hizo común que, a pesar de existir remanentes, el ejercicio anual se declarara en ceros. El dinero sobrante tenía otro destino: la partida 1000 (salarios) u otros rubros. Luego, mediante triangulaciones financieras, se enviaba al fideicomiso 143489, conocido como Remanentes Presupuestales y anteriores, donde el uso del dinero era discrecional, según establecen los documentos internos de la Corte, pues buena parte de esos recursos se utilizaban para comprar inmuebles, así como para pago de viajes a empleados jubilados y retirados.
En los documentos internos de la SCJN se registra, por ejemplo, que en 2005 el máximo tribunal del país manejó un presupuesto de 2 mil 929 millones de pesos. Según el rubro “Saldos al 31 de diciembre de 2005”, la Corte se declaró en ceros pese a que le sobraron 258 millones de pesos que, en lugar de ser devueltos a la Tesorería de la Federación, ilegalmente fueron asignados a otras partidas –entre ellas a los sueldos– para después ser depositados en el citado fideicomiso.
Lo mismo ocurrió en 2006. En este período la Corte manejó 2 mil 939 millones. Al finalizar el año sus arcas registraban un sobrante de 190 millones 354 mil pesos. Con ese dinero, y sin que ello estuviera autorizado en el presupuesto, el entonces presidente de la SCJN, Mariano Azuela, ordenó la compra de un edificio ubicado en República del Salvador 16, en el Distrito Federal, cuyo costo fue de 27 millones. Los vendedores fueron “Renee Schoenfield Negrin, Victoria Schoenfield Negrin, José Choenfield Negrin (y) Susana Motola Maya”. La propiedad quedó registrada en la escritura 6059, libro 124.
También adquirió un centro deportivo para los empleados de la SCJN, valuado en 82 millones de pesos, según se acredita en el rubro “Contrataciones de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública, período diciembre 2006”. El inmueble fue vendido a la Corte por la empresa Idet Sociedad Civil. En su último informe como presidente de la SCJN, rendido el 15 de diciembre de 2006, el ministro Mariano Azuela resaltó en estos términos la compra:
“El 13 de diciembre se adquirió el inmueble ubicado en Chimalpopoca no. 1112 esquina con 5 de Febrero, colonia Obrera, con 6 mil 635 metros de terreno y 10 mil 500 metros de construcción aprovechable, en gran parte sin tener que pagar el costo de oportunidades para establecer el Club Social y Deportivo de bajo mantenimiento para trabajadores del Poder Judicial de la Federación...”.
Dicho deportivo, como tal, no existe. El inmueble al que se refiere Azuela en su informe es en realidad una zona de edificios y oficinas, en su mayoría antiguas. Para construir el deportivo se tendrían que derrumbar edificios y oficinas, muchas de las cuales están ocupadas por la Secretaría de Educación Pública.
Paraíso de influyentes
Estrechamente ligada al ministro Mariano Azuela, Arely Gómez –quien buscó ser consejera del Consejo de la Judicatura Federal–, actual subprocuradora de Delitos Electorales de la PGR, dejó una bien organizada estructura familiar en la Corte que sigue gozando de privilegios, mientras que varias demandas laborales, interpuestas por empleados de la SCJN, han sido resueltas con desapego a la ley e incluso bajo presiones por parte de altos funcionarios de la Dirección General de Personal.
Arely Gómez tuvo bajo su mando a Paola Pineda Córdoba, directora de Proyectos Artísticos de la Suprema Corte, responsable de los murales que se colocaron sobre bastidores en los cuatro cubos de las escaleras del edificio principal de la institución. La directora artística es cuñada de Arely Freyssinier Gómez, hija de Arely Gómez, quien también trabaja en la Corte como jefa del departamento de la Dirección General de Personal, instancia que dependía, por cierto, de Arely Gómez.
Las redes familiares dentro de la SCJN son más amplias: los ministros Juan Silva Meza y Olga Sánchez Cordero tienen a sus respectivos hijos, Fernando Silva y María Paula García Villegas Sánchez Cordero, como secretarios de estudio y cuenta de la ministra Margarita Luna Ramos, quien a su vez es hermana del magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Alejandro Luna Ramos (Proceso 1574).
Un caso de injusticia laboral que se resolvió con presiones para obligarla a firmar su renuncia fue el que sufrió la psicóloga Teresa del Rocio Márquez Pineda, entonces directora de Reclutamiento y Selección de Personal de la SCJN.
El 11 de diciembre de 2003, mientras giraba instrucciones a tres colaboradores suyos en su oficina –entre ellos a Arely Freyssinier Gómez–,
sufrió una caída de consecuencias mayores: resultó con lesiones severas en tres vértebras de la columna vertebral. La operación no se pudo evitar y lo que siguió fue un largo período de rehabilitación mediante fisioterapia. Su precario estado de salud la obligaba a salir de su trabajo a las 17:00 horas y no a las 22:00, como era habitual.
En entrevista Márquez Pineda dice que trató su caso con José Luis Revilla de la Torre, director general de Personal de la SCJN. “Me autorizó a retirarme a la hora mencionada. Antes de hacerlo le avisaba y le preguntaba si se le ofrecía algo. En cuatro ocasiones no hubo problema. Al quinto día, molesto, me dijo que cuántas consultas me faltaban. Le expliqué que necesitaba sesiones de fisioterapia, que duraban una hora, aproximadamente, y que aún me faltaban veinte sesiones. Pese a mi explicación seguía molesto”.
Lo que siguió para Márquez Pineda fue un largo suplicio. Juez y parte en este caso, la SCJN la puso contra la pared: “Renuncias o te cesamos”, le dijeron. Ante lo que ella misma llama “una injusticia”, presentó una demanda laboral contra la SCJN, que se constituyó en “juez y parte” de este caso y ninguna otra instancia quiso meterse con el máximo tribunal.
En noviembre de 2005, poco después de que Pineda entablara la demanda laboral, Carlos Gutiérrez Sánchez, su abogado, recurrió a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para quejarse de las injusticias de la Corte. La respuesta que le dieron –dice el defensor– es que el artículo tercero de la Ley de la CNDH establece que ésta “tendrá competencia en todo el territorio nacional... con excepción de los (ámbitos) del Poder Judicial de la Federación...”.
–¿Qué se hace ante un caso de injusticia cometido por cualquier organismo del Poder Judicial o de la Suprema Corte? –se le pregunta al defensor.
–Nada. La Suprema Corte es un poder absoluto. Es juez y parte. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, única puerta que tenía para resolver el caso de mi cliente, está cerrada y creo que es ilegal e inhumano. ¿Acaso los miembros del Poder Judicial no cometen injusticias o violaciones a la ley? Esto es para frustrarse o morirse de impotencia.
El conflicto de trabajo 6/2005-C llegó a la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación. En esa instancia nada se pudo hacer, según relata la afectada, ya que el secretario jurídico de la SCJN, el abogado Rafael Coello Zetina –hijo de Javier Coello Trejo, el exfuncionario de la PGR conocido como “el fiscal de hierro”– elaboró el proyecto para acelerar el despido de Márquez Pineda, con el argumento de que ella había renunciado por su propia voluntad. La demanda de la afectada contiene mayores detalles sobre la forma en que fue echada:
La renuncia que firmé el 23 de agosto de 2005 lo hice bajo la presión moral que ejercieron sobre mi persona la Lic. Arely Gómez González, entonces oficial mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Lic. José Luis Revilla de la Torre, director general de Personal, ya que de otra forma me cesarían sin derecho alguno, de dejarme sin servicio y sin derecho al servicio médico, a pesar de que, como lo acredité, en el conflicto de trabajo correspondiente, en la Dirección General de Personal tuvieron perfecto conocimiento del accidente de trabajo ya citado.
Sólo después de firmar la renuncia, dice, me otorgaron, tanto el Comité de Gobierno y Administración como el Comité de Desarrollo Humano, Salud y Atención Social de la SCJN, comités integrados por los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Margarita Beatriz Luna Ramos, José de Jesús Gudiño Pelayo y Mariano Azuela Huitrón, la plaza número 2486 de Director de Área adscrita a la Dirección General de Difusión, rango “B” de Confianza, por el término de 3 meses (tiempo que no le alcanzaba para operarse y rehabilitarse de la lesión lumbar), con un salario bruto de $59, 363.33, cargo totalmente ficticio, toda vez que en la misma fecha se me otorgó una licencia con goce de sueldo por el mismo término de 3 meses a que se refería el nombramiento antes citado.
–¿Cuál fue el meollo del conflicto laboral entre su cliente y la Suprema Corte? –se le pregunta al defensor Gutiérrez Sánchez.
–La presión que ejercieron para que firmara la renuncia a pesar de que no estaba sana, debido a las lesiones y secuelas que tenía y sigue teniendo debido al accidente de trabajo ocurrido el 11 de diciembre de 2003.
En su demanda, Teresa del Rocío Márquez detalla las operaciones a las que fue sometida y cómo la SCJN trató de minimizar su caso:
Fui intervenida quirúrgicamente, como lo acredito en el expediente del conflicto laboral, por primera vez el 23 de septiembre de 2004, utilizando el Seguro de Gastos Médicos Mayores que nos concede la SCJN; por segunda vez fui intervenida (de la columna) el 23 de septiembre de 2005 para el efecto del retiro del transductor y nuevamente fui intervenida quirúrgicamente el día 8 de noviembre de 2005, a pesar de que, como se acreditó en el expediente 6/2005-C, la renuncia carecía de valor, como lo ha señalado en diversas jurisprudencias emitidas por la propia Suprema Corte...El 23 de agosto de 2005 la suscrita padecía una enfermedad ocasionada por un accidente de trabajo y el 15 de enero de este año (2007) todos los ministros de la Suprema Corte de Justicia hicieron caso omiso a los mismos criterios de jurisprudencias que han citado, de que en tratándose de un trabajador que padezca una enfermedad, máxime proveniente de un accidente de trabajo, no surte efecto ninguna renuncia a sus derechos laborales.
La defensa de la afectada peleó con la SCJN para que su cliente fuera reinstalada en el puesto que ocupaba antes del accidente. Para ello presentó pruebas del percance, de todos los gastos médicos (al inicio apoyados por la Corte) y las intervenciones quirúrgicas a las que fue sometida Márquez Pineda. La Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación no las tomó en cuenta.
El 15 de enero de este año, los ministros de la SCJN en pleno resolvieron el conflicto con una conclusión que sepultó las esperanzas de Márquez Pineda de regresar a su puesto:
Que no tenía yo derecho alguno a que se me reinstalara en el puesto que venía desempeñando de directora de Reclutamiento y Selección de Personal, toda vez que había presentado mi renuncia en forma voluntaria, ello a pesar de que, en todo el conflicto laboral, acredité la enfermedad que tenía debido al accidente de trabajo y aun cuando la ministra Margarita Luna Ramos tenía conocimiento de que me estaban amenazando con cesarme si no presentaba mi renuncia voluntaria.
Según el abogado Gutiérrez Sánchez, ante esta determinación ya no hay ningún recurso legal al que se pueda recurrir. Y explica la razón: “La Suprema Corte actúa como juez y parte, toda vez que la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación, que es el órgano donde se ventilan todos los casos del Poder Judicial, es un tribunal especial totalmente prohibido por el artículo 13 Constitucional, toda vez que las resoluciones que emite ya no tienen recurso alguno y se deja en absoluto estado de indefensión al trabajador”.
Lejos de la imagen de institución transparente y garante de la justicia que se afana en proyectar, la Suprema Corte de Justicia de la Nación actúa como un poder absoluto, y como tal se aferra a sus monumentales presupuestos, de cuyos remanentes no devuelve ni un peso a la Tesorería. Documentos internos del organismo dan cuenta detallada de estos excesos y, también, de cómo privilegia a proveedores mediante una red de influencias que se evidencia igualmente en la contratación de parientes de altos funcionarios de esa instancia del Poder Judicial.
En la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no todo se apega a la legalidad: el máximo tribunal del país está convertido en un coto de poder que beneficia por igual a ministros y a funcionarios del Poder Judicial, quienes a discreción derrochan el presupuesto asignado por la Federación en viajes, compra de inmuebles mediante operaciones dudosas y pagos a empresas de amigos y familiares, como consta en documentos internos del máximo tribunal cuyas copias están en poder de Proceso.
En detrimento de la imagen de transparencia que promueve, en la Corte ya es práctica frecuente el tráfico de influencias y los negocios al amparo de contratos otorgados por asignación directa –según se desprende de los datos contenidos en los mencionados documentos administrativos–, de tal manera que altos funcionarios, empleados de confianza y hasta familiares del procurador general de la República, Eduardo Medina Mora, obtienen millonarias ganancias por recomendación de amigos y presuntos socios que al mismo tiempo son (o fueron) funcionarios de la Suprema Corte.
Un caso: Con el apoyo de Arely Gómez (hermana de Leopoldo Gómez, vicepresidente de Televisa), exoficial mayor de la Corte y exsecretaria particular de Mariano Azuela, expresidente de la SCJN, la empresa Visión Holding México, S. de R. L. de C. V. acaparó importantes negocios en la institución. La compañía es propiedad de Raúl Medina Mora Icaza –según la escritura 45744, folio 283867– y fue constituida en octubre de 2001 ante el notario número 1, Roberto Núñez y Bandera.
De acuerdo con el documento Contrataciones de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública de la SCJN, dicha compañía –una de las más beneficiadas durante la gestión de Mariano Azuela– celebró en 2005 el contrato 4505004092 para prestar servicios de informática. Por un solo día de trabajo obtuvo un pago por 2 millones 967 mil pesos. Y en 2006, por concepto de “Consultoría para la implementación del plan de ejecución de tecnología de información”, la empresa de Medina Mora recibió un pago por 418 mil 883 pesos. Ninguno de los dos contratos fue sometido a licitación pública, a pesar de que un acuerdo interno de la Corte establece que deben licitarse los contratos a partir de 100 mil pesos.
A pesar de su influyentismo, Arely Gómez dejó su cargo en la SCJN en enero de este año. Pronto encontró trabajo: fue invitada a la PGR por su titular Eduardo Medina Mora. Actualmente funge como subprocuradora general de Delitos Electorales.
No es todo: Otras empresas beneficiadas en la Corte –estuvieron exentas de la licitación de ley– obtuvieron importantes contratos durante 2005 y 2006. Sicontrol, S.A., por ejemplo, cobró 665 mil 850 pesos por dos meses de asesorías para la operación de programas.
También sobresale Comunicación Corporativa Sinergis, que en un sólo día ganó 344 mil 712 pesos por la “difusión e información de mensajes y actividades gubernamentales”. Y el Palacio de Hierro no se quedó atrás: le pagaron 14 millones de pesos en cinco días hábiles por la adquisición de “vestuario, uniformes y blancos”.
Aferrados al presupuesto
Según los documentos internos de la SCJN, altos funcionarios administrativos de la Corte rinden cuentas irregulares a la Tesorería de la Federación sobre el gasto del presupuesto. Además, realizan triangulaciones poco transparentes con un objetivo: no devolver el dinero sobrante.
Lo anterior tiene una explicación. Hasta 1998, el Decr eto de Egresos no estipulaba el retorno del dinero sobrante de los presupuestos asignados a las dependencias del Poder Judicial. Tal medida entró en vigencia en 1999. Sin embargo, de acuerdo con los datos obtenidos por este semanario, de 1999 a 2005 la SCJN empezó a incurrir en prácticas ilegales: se hizo común que, a pesar de existir remanentes, el ejercicio anual se declarara en ceros. El dinero sobrante tenía otro destino: la partida 1000 (salarios) u otros rubros. Luego, mediante triangulaciones financieras, se enviaba al fideicomiso 143489, conocido como Remanentes Presupuestales y anteriores, donde el uso del dinero era discrecional, según establecen los documentos internos de la Corte, pues buena parte de esos recursos se utilizaban para comprar inmuebles, así como para pago de viajes a empleados jubilados y retirados.
En los documentos internos de la SCJN se registra, por ejemplo, que en 2005 el máximo tribunal del país manejó un presupuesto de 2 mil 929 millones de pesos. Según el rubro “Saldos al 31 de diciembre de 2005”, la Corte se declaró en ceros pese a que le sobraron 258 millones de pesos que, en lugar de ser devueltos a la Tesorería de la Federación, ilegalmente fueron asignados a otras partidas –entre ellas a los sueldos– para después ser depositados en el citado fideicomiso.
Lo mismo ocurrió en 2006. En este período la Corte manejó 2 mil 939 millones. Al finalizar el año sus arcas registraban un sobrante de 190 millones 354 mil pesos. Con ese dinero, y sin que ello estuviera autorizado en el presupuesto, el entonces presidente de la SCJN, Mariano Azuela, ordenó la compra de un edificio ubicado en República del Salvador 16, en el Distrito Federal, cuyo costo fue de 27 millones. Los vendedores fueron “Renee Schoenfield Negrin, Victoria Schoenfield Negrin, José Choenfield Negrin (y) Susana Motola Maya”. La propiedad quedó registrada en la escritura 6059, libro 124.
También adquirió un centro deportivo para los empleados de la SCJN, valuado en 82 millones de pesos, según se acredita en el rubro “Contrataciones de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obra pública, período diciembre 2006”. El inmueble fue vendido a la Corte por la empresa Idet Sociedad Civil. En su último informe como presidente de la SCJN, rendido el 15 de diciembre de 2006, el ministro Mariano Azuela resaltó en estos términos la compra:
“El 13 de diciembre se adquirió el inmueble ubicado en Chimalpopoca no. 1112 esquina con 5 de Febrero, colonia Obrera, con 6 mil 635 metros de terreno y 10 mil 500 metros de construcción aprovechable, en gran parte sin tener que pagar el costo de oportunidades para establecer el Club Social y Deportivo de bajo mantenimiento para trabajadores del Poder Judicial de la Federación...”.
Dicho deportivo, como tal, no existe. El inmueble al que se refiere Azuela en su informe es en realidad una zona de edificios y oficinas, en su mayoría antiguas. Para construir el deportivo se tendrían que derrumbar edificios y oficinas, muchas de las cuales están ocupadas por la Secretaría de Educación Pública.
Paraíso de influyentes
Estrechamente ligada al ministro Mariano Azuela, Arely Gómez –quien buscó ser consejera del Consejo de la Judicatura Federal–, actual subprocuradora de Delitos Electorales de la PGR, dejó una bien organizada estructura familiar en la Corte que sigue gozando de privilegios, mientras que varias demandas laborales, interpuestas por empleados de la SCJN, han sido resueltas con desapego a la ley e incluso bajo presiones por parte de altos funcionarios de la Dirección General de Personal.
Arely Gómez tuvo bajo su mando a Paola Pineda Córdoba, directora de Proyectos Artísticos de la Suprema Corte, responsable de los murales que se colocaron sobre bastidores en los cuatro cubos de las escaleras del edificio principal de la institución. La directora artística es cuñada de Arely Freyssinier Gómez, hija de Arely Gómez, quien también trabaja en la Corte como jefa del departamento de la Dirección General de Personal, instancia que dependía, por cierto, de Arely Gómez.
Las redes familiares dentro de la SCJN son más amplias: los ministros Juan Silva Meza y Olga Sánchez Cordero tienen a sus respectivos hijos, Fernando Silva y María Paula García Villegas Sánchez Cordero, como secretarios de estudio y cuenta de la ministra Margarita Luna Ramos, quien a su vez es hermana del magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Alejandro Luna Ramos (Proceso 1574).
Un caso de injusticia laboral que se resolvió con presiones para obligarla a firmar su renuncia fue el que sufrió la psicóloga Teresa del Rocio Márquez Pineda, entonces directora de Reclutamiento y Selección de Personal de la SCJN.
El 11 de diciembre de 2003, mientras giraba instrucciones a tres colaboradores suyos en su oficina –entre ellos a Arely Freyssinier Gómez–,
sufrió una caída de consecuencias mayores: resultó con lesiones severas en tres vértebras de la columna vertebral. La operación no se pudo evitar y lo que siguió fue un largo período de rehabilitación mediante fisioterapia. Su precario estado de salud la obligaba a salir de su trabajo a las 17:00 horas y no a las 22:00, como era habitual.
En entrevista Márquez Pineda dice que trató su caso con José Luis Revilla de la Torre, director general de Personal de la SCJN. “Me autorizó a retirarme a la hora mencionada. Antes de hacerlo le avisaba y le preguntaba si se le ofrecía algo. En cuatro ocasiones no hubo problema. Al quinto día, molesto, me dijo que cuántas consultas me faltaban. Le expliqué que necesitaba sesiones de fisioterapia, que duraban una hora, aproximadamente, y que aún me faltaban veinte sesiones. Pese a mi explicación seguía molesto”.
Lo que siguió para Márquez Pineda fue un largo suplicio. Juez y parte en este caso, la SCJN la puso contra la pared: “Renuncias o te cesamos”, le dijeron. Ante lo que ella misma llama “una injusticia”, presentó una demanda laboral contra la SCJN, que se constituyó en “juez y parte” de este caso y ninguna otra instancia quiso meterse con el máximo tribunal.
En noviembre de 2005, poco después de que Pineda entablara la demanda laboral, Carlos Gutiérrez Sánchez, su abogado, recurrió a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para quejarse de las injusticias de la Corte. La respuesta que le dieron –dice el defensor– es que el artículo tercero de la Ley de la CNDH establece que ésta “tendrá competencia en todo el territorio nacional... con excepción de los (ámbitos) del Poder Judicial de la Federación...”.
–¿Qué se hace ante un caso de injusticia cometido por cualquier organismo del Poder Judicial o de la Suprema Corte? –se le pregunta al defensor.
–Nada. La Suprema Corte es un poder absoluto. Es juez y parte. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, única puerta que tenía para resolver el caso de mi cliente, está cerrada y creo que es ilegal e inhumano. ¿Acaso los miembros del Poder Judicial no cometen injusticias o violaciones a la ley? Esto es para frustrarse o morirse de impotencia.
El conflicto de trabajo 6/2005-C llegó a la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación. En esa instancia nada se pudo hacer, según relata la afectada, ya que el secretario jurídico de la SCJN, el abogado Rafael Coello Zetina –hijo de Javier Coello Trejo, el exfuncionario de la PGR conocido como “el fiscal de hierro”– elaboró el proyecto para acelerar el despido de Márquez Pineda, con el argumento de que ella había renunciado por su propia voluntad. La demanda de la afectada contiene mayores detalles sobre la forma en que fue echada:
La renuncia que firmé el 23 de agosto de 2005 lo hice bajo la presión moral que ejercieron sobre mi persona la Lic. Arely Gómez González, entonces oficial mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Lic. José Luis Revilla de la Torre, director general de Personal, ya que de otra forma me cesarían sin derecho alguno, de dejarme sin servicio y sin derecho al servicio médico, a pesar de que, como lo acredité, en el conflicto de trabajo correspondiente, en la Dirección General de Personal tuvieron perfecto conocimiento del accidente de trabajo ya citado.
Sólo después de firmar la renuncia, dice, me otorgaron, tanto el Comité de Gobierno y Administración como el Comité de Desarrollo Humano, Salud y Atención Social de la SCJN, comités integrados por los ministros Sergio Salvador Aguirre Anguiano, Margarita Beatriz Luna Ramos, José de Jesús Gudiño Pelayo y Mariano Azuela Huitrón, la plaza número 2486 de Director de Área adscrita a la Dirección General de Difusión, rango “B” de Confianza, por el término de 3 meses (tiempo que no le alcanzaba para operarse y rehabilitarse de la lesión lumbar), con un salario bruto de $59, 363.33, cargo totalmente ficticio, toda vez que en la misma fecha se me otorgó una licencia con goce de sueldo por el mismo término de 3 meses a que se refería el nombramiento antes citado.
–¿Cuál fue el meollo del conflicto laboral entre su cliente y la Suprema Corte? –se le pregunta al defensor Gutiérrez Sánchez.
–La presión que ejercieron para que firmara la renuncia a pesar de que no estaba sana, debido a las lesiones y secuelas que tenía y sigue teniendo debido al accidente de trabajo ocurrido el 11 de diciembre de 2003.
En su demanda, Teresa del Rocío Márquez detalla las operaciones a las que fue sometida y cómo la SCJN trató de minimizar su caso:
Fui intervenida quirúrgicamente, como lo acredito en el expediente del conflicto laboral, por primera vez el 23 de septiembre de 2004, utilizando el Seguro de Gastos Médicos Mayores que nos concede la SCJN; por segunda vez fui intervenida (de la columna) el 23 de septiembre de 2005 para el efecto del retiro del transductor y nuevamente fui intervenida quirúrgicamente el día 8 de noviembre de 2005, a pesar de que, como se acreditó en el expediente 6/2005-C, la renuncia carecía de valor, como lo ha señalado en diversas jurisprudencias emitidas por la propia Suprema Corte...El 23 de agosto de 2005 la suscrita padecía una enfermedad ocasionada por un accidente de trabajo y el 15 de enero de este año (2007) todos los ministros de la Suprema Corte de Justicia hicieron caso omiso a los mismos criterios de jurisprudencias que han citado, de que en tratándose de un trabajador que padezca una enfermedad, máxime proveniente de un accidente de trabajo, no surte efecto ninguna renuncia a sus derechos laborales.
La defensa de la afectada peleó con la SCJN para que su cliente fuera reinstalada en el puesto que ocupaba antes del accidente. Para ello presentó pruebas del percance, de todos los gastos médicos (al inicio apoyados por la Corte) y las intervenciones quirúrgicas a las que fue sometida Márquez Pineda. La Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación no las tomó en cuenta.
El 15 de enero de este año, los ministros de la SCJN en pleno resolvieron el conflicto con una conclusión que sepultó las esperanzas de Márquez Pineda de regresar a su puesto:
Que no tenía yo derecho alguno a que se me reinstalara en el puesto que venía desempeñando de directora de Reclutamiento y Selección de Personal, toda vez que había presentado mi renuncia en forma voluntaria, ello a pesar de que, en todo el conflicto laboral, acredité la enfermedad que tenía debido al accidente de trabajo y aun cuando la ministra Margarita Luna Ramos tenía conocimiento de que me estaban amenazando con cesarme si no presentaba mi renuncia voluntaria.
Según el abogado Gutiérrez Sánchez, ante esta determinación ya no hay ningún recurso legal al que se pueda recurrir. Y explica la razón: “La Suprema Corte actúa como juez y parte, toda vez que la Comisión Substanciadora Única del Poder Judicial de la Federación, que es el órgano donde se ventilan todos los casos del Poder Judicial, es un tribunal especial totalmente prohibido por el artículo 13 Constitucional, toda vez que las resoluciones que emite ya no tienen recurso alguno y se deja en absoluto estado de indefensión al trabajador”.
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