Por Ma. Guadalupe Gómez Quintana
Organizaciones no gubernamentales del mundo insisten en promover la adopción de un Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PF-PIDESC), que permitiría a las mujeres y hombres víctimas de violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales, que no pueden o no tienen la posibilidad de protección a nivel doméstico, presentar quejas ante las Naciones Unidas.
En las Naciones Unidas un Grupo de Trabajo se reúne desde 2006 para discutir la posibilidad del Protocolo, del cual existe un borrador y continuarán su discusión en su próximo periodo de sesiones, en el mes de abril.
Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, señala Amnistía Internacional, hablan de cuestiones tan básicas para la dignidad humana como la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la educación y el agua.
Que las mujeres indígenas no tengan acceso a la educación primaria o que reciban atención médica inequitativa son ejemplo de la violación a estos derechos. También lo es la violación al derecho al agua que han denunciado las mujeres mazahuas.
De igual forma, la falta de acceso a información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva, viola el derecho a la salud. Y el trabajo discriminatorio (donde se maltrate o excluya a las mujeres embarazadas) o forzado (como el trabajo sexual) significa también la violación a los derechos económicos, sociales y culturales. Además del derecho a la alimentación.
Desde los años 50, Naciones Unidas contempla dos grupos de derechos humanos: los derechos civiles y políticos, y los derechos económicos, sociales y culturales. Sin embargo, la distinción entre ambas categorías no reviste un carácter absoluto, los límites entre ambos no son claros.
Para los primeros, existe un órgano de supervisión: el Comité de Derechos Humanos, y se adopta al mismo tiempo que su Protocolo Facultativo, que contempla un sistema de quejas individuales en caso de violación a los derechos contemplados en el mismo.
Pero para los derechos económicos, sociales y culturales no se creó ningún órgano de control del cumplimiento del mismo y sólo se limita a asignar al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) las funciones de supervisión previstas en el artículo 16.3 PIDESC.
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, actual órgano de supervisión o vigilancia del PIDESC no fue establecido sino hasta 1985. Y su protocolo se debate con lentitud, ante la reticencia de algunos Estados.
De esta forma, si una persona ha sido torturada o su derecho a la libertad de expresión ha sido vulnerado, es posible que presente una “comunicación” o queja ante un órgano de supervisión de Naciones Unidas, dice la Coalición Internacional de ONG por un Protocolo Facultativo. Sin embargo, si la persona sufre un desalojo forzoso arbitrario, o no tiene acceso a los servicios de salud, por ejemplo no existe ninguna oportunidad para recurrir ante un mecanismo internacional.
Así, señala la Coalición Internacional de ONG en su página Web, un Protocolo hará posible, además de presentar quejas individuales, seguir desarrollando el contenido normativo de estos derechos y dará una guía que permita a los tribunales domésticos protegerlos a nivel nacional.
HISTORIA DEL PROTOCOLO
La idea del protocolo surgió desde 1990. En 1996, el Comité DESC finalizó un borrador de protocolo facultativo que fue presentado a la CIDH en 1997 y distribuido a los gobiernos y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para que transmitieran sus comentarios.
En 2001, la Comisión nombró un experto independiente encargado de examinarla cuestión de un proyecto de protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, quien presentó su primer informe en 2002.
Se decidió investigar más el alcance y la naturaleza de las obligaciones estatales, la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales y la cuestión de la conveniencia y viabilidad de un mecanismo encargado de examinar las denuncias con arreglo al Pacto y la cuestión de la complementariedad entre los distintos mecanismos.
LA COALICIÓN
Y mientras se realiza la próxima reunión del Grupo de Trabajo, en abril de este año, las organizaciones continúan en campaña para promoverlo, coordinadas por la Coalición Internacional de ONG por un Protocolo Facultativo al Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales” (o la Coalición por un PF-PIDESC) .
Confluyen en la Coalición organizaciones nacionales, regionales e internacionales, individuos, movimientos sociales y comunidades de base. La dirige un Comité de Gestión, integrado por Amnistía Internacional (AI), Centre on Housing Rights and Evictions (COHRE), ESCR-Net, FoodFirst Information and Action Network, International Commission of Jurists (ICJ), Geneva International Federation of Human Rights Leagues (FIDH), International Women’s Rights Action Watch Asia-Pacific (IWRAW Asia-Pacific), Inter-American Platform of Human Rights, Democracy and Development (PIDHDD).
Además, Bruce Porter (Canadá) y Magdalena Sepúlveda (Chile), aportan su capacidad personal como miembros individuales del Comité de Gestión.
El Protocolo Facultativo --señala la Coalición en un comunicado recientemente difundido en México por el Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos)-- representa un paso crucial de la comunidad internacional en pos de cumplir con los compromisos asumidos en la Declaración y el Programa de Acción de Viena de 1993, relacionados con el tratamiento igualitario de los derechos humanos y la corrección del desequilibrio existente entre los derechos civiles y políticos, y los derechos económicos, sociales y culturales, en el año del sexagésimo aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Consideramos, dice, que el Protocolo Facultativo del Pacto, una vez adoptado y aplicado, entre otras cosas, apoyará y fortalecerá la creciente jurisprudencia referida a los derechos económicos, sociales y culturales de todo el mundo, y enviará una señal a los tribunales nacionales y demás órganos pertinentes en el sentido de que dichos derechos, como derechos humanos, deben ser sometidos al escrutinio judicial.
EN FAVOR Y EN CONTRA
En las sesiones de trabajo, los países que conforman el Grupo
Regional de América Latina y el Caribe, entre ellos México, apoyan el Protocolo, así como los países de África.
Sin embargo, señala Magdalena Sepúlveda Carmona, abogada, integrante de la Coalición de ONG, el delegado de Egipto ha manifestado su oposición al protocolo. Mientras que en el grupo de países de Asia, pareciera “existir una falta de interés en el tema, puesto que su participación en las sesiones ha sido limitada, con excepción de la delegada de Irán que también ha hecho público su rechazo al protocolo”.
Del grupo de países de Europa del Este, Asia Central, y Rusia, se han destacado los delegados de este último país, al manifestar un significativo apoyo al protocolo. En lo que respecta al Grupo Occidental y Otros, su apoyo al protocolo ha sido débil y dentro de éste existe una clara división de fuerzas, señala Sepúlveda.
Las intervenciones de algunos delegados de países Europeos, como Finlandia y Portugal, han demostrado un consistente y fuerte apoyo al Protocolo, sin embargo otros han hecho evidente su escepticismo (Noruega y República Checa) y otros su rechazo (Polonia y Reino Unido). Asimismo, países como Estados Unidos, Canadá y Australia, son fuertes oponentes al Pacto, explica la especialista.
Frente a este panorama de tendencias tan diversas, considera Sepúlveda “se hace muy difícil el logro de un consenso a favor del Protocolo facultativo al PIDESC”.
De ahí el llamado que hacen la Coalición a otras organizaciones del mundo para que, en sus propios países, realicen trabajo de cabildeo para la aprobación del borrador del Protocolo.
Hacen énfasis en éste, pues consideran que otro tipo de propuestas, como una suerte de “menús” u opciones para que los Estados adopten las medidas que más les convengan, sería nocivo para la defensa de los derechos humanos.
En este sentido, señalan las ONG, temas como el alcance del Protocolo Facultativo, la admisibilidad de comunicaciones y el estándar de revisión de los méritos continúan siendo debatidos.
Un Protocolo Facultativo que adopte el enfoque “a la carta”, conforme al cual los Estados podrían elegir entre los derechos del Pacto, probablemente tendría un efecto negativo sobre la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, dicen.
Y explican que “un conjunto creciente de jurisprudencia nacional y regional muestra claramente que las violaciones de todos los derechos económicos y sociales pueden ser justiciables, demostrando el valor práctico de asegurar la supervisión judicial de estos derechos”.
Por tanto, la adopción de un enfoque basado en un “menú” para las reparaciones de violaciones de los derechos humanos también sentaría un precedente regresivo que podría repetirse en cualquier instrumento internacional futuro, advierten.
También les preocupan los intentos de algunas delegaciones por establecer un límite elevado para la admisibilidad de reclamos o un estándar de revisión que dificultaría mucho más que las víctimas sean escuchadas y obtengan reparaciones.
Las propuestas para limitar los reclamos admisibles a aquellos en los que el autor aduzca que las víctimas han sufrido una “desventaja considerable”, para imponer limitaciones y condiciones severas bajo las cuales se podría imponer una medida cautelar, y para hacer referencia a un “margen de apreciación/discreción” que tendrían los Estados, no se basan en el PIDESC o en ningún otro tratado de derechos humanos de la ONU.
El riesgo es que se reinterprete y limite el concepto de las obligaciones establecidas por el Pacto y se impongan obstáculos onerosos para las víctimas que busquen acceder a la justicia por medio del Protocolo Facultativo, que es un instrumento procesal. El Protocolo, insisten, no debería establecer un nivel menor de protección que aquel acordado a los derechos protegidos bajo otros tratados de derechos humanos de la ONU.
Esperamos, finaliza el comunicado difundido por Cencos, poder celebrar el 60o aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos con la adopción de un Protocolo Facultativo que represente un importante paso adelante en pos de asegurar el acceso a la justicia de las víctimas de violaciones de todos los derechos humanos.
Organizaciones no gubernamentales del mundo insisten en promover la adopción de un Protocolo Facultativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PF-PIDESC), que permitiría a las mujeres y hombres víctimas de violaciones a los derechos económicos, sociales y culturales, que no pueden o no tienen la posibilidad de protección a nivel doméstico, presentar quejas ante las Naciones Unidas.
En las Naciones Unidas un Grupo de Trabajo se reúne desde 2006 para discutir la posibilidad del Protocolo, del cual existe un borrador y continuarán su discusión en su próximo periodo de sesiones, en el mes de abril.
Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, señala Amnistía Internacional, hablan de cuestiones tan básicas para la dignidad humana como la alimentación, la salud, la vivienda, el trabajo, la educación y el agua.
Que las mujeres indígenas no tengan acceso a la educación primaria o que reciban atención médica inequitativa son ejemplo de la violación a estos derechos. También lo es la violación al derecho al agua que han denunciado las mujeres mazahuas.
De igual forma, la falta de acceso a información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva, viola el derecho a la salud. Y el trabajo discriminatorio (donde se maltrate o excluya a las mujeres embarazadas) o forzado (como el trabajo sexual) significa también la violación a los derechos económicos, sociales y culturales. Además del derecho a la alimentación.
Desde los años 50, Naciones Unidas contempla dos grupos de derechos humanos: los derechos civiles y políticos, y los derechos económicos, sociales y culturales. Sin embargo, la distinción entre ambas categorías no reviste un carácter absoluto, los límites entre ambos no son claros.
Para los primeros, existe un órgano de supervisión: el Comité de Derechos Humanos, y se adopta al mismo tiempo que su Protocolo Facultativo, que contempla un sistema de quejas individuales en caso de violación a los derechos contemplados en el mismo.
Pero para los derechos económicos, sociales y culturales no se creó ningún órgano de control del cumplimiento del mismo y sólo se limita a asignar al Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) las funciones de supervisión previstas en el artículo 16.3 PIDESC.
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, actual órgano de supervisión o vigilancia del PIDESC no fue establecido sino hasta 1985. Y su protocolo se debate con lentitud, ante la reticencia de algunos Estados.
De esta forma, si una persona ha sido torturada o su derecho a la libertad de expresión ha sido vulnerado, es posible que presente una “comunicación” o queja ante un órgano de supervisión de Naciones Unidas, dice la Coalición Internacional de ONG por un Protocolo Facultativo. Sin embargo, si la persona sufre un desalojo forzoso arbitrario, o no tiene acceso a los servicios de salud, por ejemplo no existe ninguna oportunidad para recurrir ante un mecanismo internacional.
Así, señala la Coalición Internacional de ONG en su página Web, un Protocolo hará posible, además de presentar quejas individuales, seguir desarrollando el contenido normativo de estos derechos y dará una guía que permita a los tribunales domésticos protegerlos a nivel nacional.
HISTORIA DEL PROTOCOLO
La idea del protocolo surgió desde 1990. En 1996, el Comité DESC finalizó un borrador de protocolo facultativo que fue presentado a la CIDH en 1997 y distribuido a los gobiernos y organizaciones gubernamentales y no gubernamentales para que transmitieran sus comentarios.
En 2001, la Comisión nombró un experto independiente encargado de examinarla cuestión de un proyecto de protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, quien presentó su primer informe en 2002.
Se decidió investigar más el alcance y la naturaleza de las obligaciones estatales, la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales y la cuestión de la conveniencia y viabilidad de un mecanismo encargado de examinar las denuncias con arreglo al Pacto y la cuestión de la complementariedad entre los distintos mecanismos.
LA COALICIÓN
Y mientras se realiza la próxima reunión del Grupo de Trabajo, en abril de este año, las organizaciones continúan en campaña para promoverlo, coordinadas por la Coalición Internacional de ONG por un Protocolo Facultativo al Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales” (o la Coalición por un PF-PIDESC) .
Confluyen en la Coalición organizaciones nacionales, regionales e internacionales, individuos, movimientos sociales y comunidades de base. La dirige un Comité de Gestión, integrado por Amnistía Internacional (AI), Centre on Housing Rights and Evictions (COHRE), ESCR-Net, FoodFirst Information and Action Network, International Commission of Jurists (ICJ), Geneva International Federation of Human Rights Leagues (FIDH), International Women’s Rights Action Watch Asia-Pacific (IWRAW Asia-Pacific), Inter-American Platform of Human Rights, Democracy and Development (PIDHDD).
Además, Bruce Porter (Canadá) y Magdalena Sepúlveda (Chile), aportan su capacidad personal como miembros individuales del Comité de Gestión.
El Protocolo Facultativo --señala la Coalición en un comunicado recientemente difundido en México por el Centro Nacional de Comunicación Social (Cencos)-- representa un paso crucial de la comunidad internacional en pos de cumplir con los compromisos asumidos en la Declaración y el Programa de Acción de Viena de 1993, relacionados con el tratamiento igualitario de los derechos humanos y la corrección del desequilibrio existente entre los derechos civiles y políticos, y los derechos económicos, sociales y culturales, en el año del sexagésimo aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Consideramos, dice, que el Protocolo Facultativo del Pacto, una vez adoptado y aplicado, entre otras cosas, apoyará y fortalecerá la creciente jurisprudencia referida a los derechos económicos, sociales y culturales de todo el mundo, y enviará una señal a los tribunales nacionales y demás órganos pertinentes en el sentido de que dichos derechos, como derechos humanos, deben ser sometidos al escrutinio judicial.
EN FAVOR Y EN CONTRA
En las sesiones de trabajo, los países que conforman el Grupo
Regional de América Latina y el Caribe, entre ellos México, apoyan el Protocolo, así como los países de África.
Sin embargo, señala Magdalena Sepúlveda Carmona, abogada, integrante de la Coalición de ONG, el delegado de Egipto ha manifestado su oposición al protocolo. Mientras que en el grupo de países de Asia, pareciera “existir una falta de interés en el tema, puesto que su participación en las sesiones ha sido limitada, con excepción de la delegada de Irán que también ha hecho público su rechazo al protocolo”.
Del grupo de países de Europa del Este, Asia Central, y Rusia, se han destacado los delegados de este último país, al manifestar un significativo apoyo al protocolo. En lo que respecta al Grupo Occidental y Otros, su apoyo al protocolo ha sido débil y dentro de éste existe una clara división de fuerzas, señala Sepúlveda.
Las intervenciones de algunos delegados de países Europeos, como Finlandia y Portugal, han demostrado un consistente y fuerte apoyo al Protocolo, sin embargo otros han hecho evidente su escepticismo (Noruega y República Checa) y otros su rechazo (Polonia y Reino Unido). Asimismo, países como Estados Unidos, Canadá y Australia, son fuertes oponentes al Pacto, explica la especialista.
Frente a este panorama de tendencias tan diversas, considera Sepúlveda “se hace muy difícil el logro de un consenso a favor del Protocolo facultativo al PIDESC”.
De ahí el llamado que hacen la Coalición a otras organizaciones del mundo para que, en sus propios países, realicen trabajo de cabildeo para la aprobación del borrador del Protocolo.
Hacen énfasis en éste, pues consideran que otro tipo de propuestas, como una suerte de “menús” u opciones para que los Estados adopten las medidas que más les convengan, sería nocivo para la defensa de los derechos humanos.
En este sentido, señalan las ONG, temas como el alcance del Protocolo Facultativo, la admisibilidad de comunicaciones y el estándar de revisión de los méritos continúan siendo debatidos.
Un Protocolo Facultativo que adopte el enfoque “a la carta”, conforme al cual los Estados podrían elegir entre los derechos del Pacto, probablemente tendría un efecto negativo sobre la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, dicen.
Y explican que “un conjunto creciente de jurisprudencia nacional y regional muestra claramente que las violaciones de todos los derechos económicos y sociales pueden ser justiciables, demostrando el valor práctico de asegurar la supervisión judicial de estos derechos”.
Por tanto, la adopción de un enfoque basado en un “menú” para las reparaciones de violaciones de los derechos humanos también sentaría un precedente regresivo que podría repetirse en cualquier instrumento internacional futuro, advierten.
También les preocupan los intentos de algunas delegaciones por establecer un límite elevado para la admisibilidad de reclamos o un estándar de revisión que dificultaría mucho más que las víctimas sean escuchadas y obtengan reparaciones.
Las propuestas para limitar los reclamos admisibles a aquellos en los que el autor aduzca que las víctimas han sufrido una “desventaja considerable”, para imponer limitaciones y condiciones severas bajo las cuales se podría imponer una medida cautelar, y para hacer referencia a un “margen de apreciación/discreción” que tendrían los Estados, no se basan en el PIDESC o en ningún otro tratado de derechos humanos de la ONU.
El riesgo es que se reinterprete y limite el concepto de las obligaciones establecidas por el Pacto y se impongan obstáculos onerosos para las víctimas que busquen acceder a la justicia por medio del Protocolo Facultativo, que es un instrumento procesal. El Protocolo, insisten, no debería establecer un nivel menor de protección que aquel acordado a los derechos protegidos bajo otros tratados de derechos humanos de la ONU.
Esperamos, finaliza el comunicado difundido por Cencos, poder celebrar el 60o aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos con la adopción de un Protocolo Facultativo que represente un importante paso adelante en pos de asegurar el acceso a la justicia de las víctimas de violaciones de todos los derechos humanos.
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