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04 mayo 2007

>> en pocas palabras<<

ESTADO Y RELIGIÓN

Los debates del Congreso Constituyente de Querétaro que provocaron las más apasionadas controversias y mostraron las diversas corrientes ideológicas que ocurrieron en la convención, fueron los relativos a los temas de la educación, la re4ligión y el Estado.

El porfiriato mantuvo formalmente las leyes de la Reforma, aunque toleró concientemente su reiterado violación. El clero católico recuperó parte de su influencia en la educación aunque ya no dentro del aparato oficial. Asimismo, de una manera subrepticia, volvió a adquirir bienes raes, aunque tampoco en la proporción de antes de la Reforma. A pesar pues de la tolerancia del Gral. Díaz. el clero ya no tuvo ingerencia política, económica y social a que estuvo acostumbrado en la estructura social colonial mexicana que fue rota por el movimiento liberal reformista.

Sin embargo, la actuación del clero al margen de las Leyes de Reforma no dejó de provocar la irritación en la conciencia liberal mexicana al explotar el movimiento revolucionario. El Anticlericalismo fue una de las características más extendidas de los diversos grupos revolucionarios, máxime que en los primeros aňos del movimiento iniciado en 1910, fue evidente el resurgimiento del Partido Católico, con el apoyo y simpatía de los clericales.

La Libertad de Enseñanza

Al anticlericalismo generalizado de los grupos revolucionarios se hizo particularmente notorio en ocasión a la discusión del artículo 3º. del proyecto de constitución reformada.

El proyecto de artículo 3º. presentado por el Primer Jefe estableció la completa libertad de enseñanza y el laicismo para la que se impartiera en establecimientos oficiales.

«Artículo 3º. — Habrá plena libertad de enseñanza, pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, y gratuita la enseñanza primaria, superior y elemental que se imparte en los mismos establecimientos.»

La Comisión de Constitución, presidida por el Gral. Múgica, uno de los líderes más destacados de la corriente radical del Congreso, presentó a la Asamblea un dictamen que rechazaba el texto propuesto por Carranza, con el objeto de eliminar totalmente la intervención del clero en la enseñanza.

El dictamen de la Comisión manifestó que era justo restringir un derecho natural cuando su libre ejercicio afectara la conservación de la sociedad o estorbara su desarrollo; tal era el caso de la enseñanza religiosa que, por implicar ideas abstractas que no puede asimilar la mente infantil, perjudica el desarrollo psicológico natural del niño. Por otra parte, apuntó la Comisión, la enseñanza religiosa es contraria a los intereses nacionales, ya que la educación había sido un arma del clero para usurpar ls funciones del Estado.

«Artículo 3º. — Habrá libertad de enseñanza; pero será laica la que se dé en los establecimientos oficiales de educación, lo mismo que la enseñanza primaria elemental y superior que se imparta en los establecimientos particulares. Ninguna corporación religiosa, ministro de algún culto o persona perteneciente a alguna asociación semejante, podrá establecer o dirigir escuelas de instrucción primaria, ni impartir enseñanza personalmente en ningún colegio. Las escuelas primarias particulares sólo podrán establecerse sujetándose a la vigilancia del Gobierno. La enseñanza primaria será obligatoria para todos los mexicanos y en los establecimientos oficiales será impartida gratuitamente.»

La posición contenida en el dictamen referido provocó un apasionado debate durante las sesiones del 13 al 16 de diciembre de 1916. Dos grupos se formaron en tal ocasión: los radicales o jacobinos, casi todos militares y políticos de filiación obregonista, y los moderados, integrado este último por los diputados más adictos a Carranza.

El Gral. Múgica advirtió:

“…si dejamos la libertad de enseñanza absoluta para que tome participación en ella el clero con sus ideas rancias y retrospectivas, no formaremos generaciones nuevas de hombres intelectuales y sensatos, sino que nuestros pósteres recibirán de nosotros la herencia del fanatismo, de principios insanos, y surgirán más tarde otras contiendas que ensangrentarán de nuevo a la patria, que la arruinar’an y que quizá la llevarán a la pérdida total de su nacionalidad.”

(c) Los Derechos del Pueblo Mexicano, L Legislatura, Porrua (1967).

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