Por: Manuel Fuentes Muñiz (CIMAC)
El Instituto Mexicano del Seguro Social es la única fuente de información oficial en nuestro país, desde 1944, sobre riesgos de trabajo. Proporciona datos sobre accidentes, enfermedades y muertes en el trabajo y la clasifica en razón de sexo, edad y entidad federativa. Sin embargo, existen cifras que ponen en duda la veracidad de la información proporcionada.
Al realizar una revisión en la página oficial en Internet: www.imss.gob.mx/imss sobre el número de defunciones por riesgo de trabajo considerando cada entidad federativa, me encuentro con la sorpresa que durante al año de 2006 en el estado de Coahuila aparecen registradas únicamente 42 muertes laborales. De esta cifra resultan 38 hombres y 4 mujeres fallecidas a causa de un riesgo en el centro de trabajo.
¿Por qué no aparecen en las estadísticas del IMSS considerados los 65 mineros que fallecieron el 19 de febrero de 2006 en la Mina 8 de Pasta de Conchos? Fue un hecho público y conocido y una noticia de trascendencia nacional. El propio Secretario de Trabajo en ese entonces, Francisco Salazar Sáenz dio a conocer a los familiares el 23 de febrero de ese 2006 oficialmente la muerte de los mineros.
¿No aparecen registrados como muertos los 65 mineros, porque no han sido rescatados sus restos? Esto no parece concebible porque el mismo gobierno del estado de Coahuila fabricó actas de defunción que luego fueron usadas por el Gobierno federal a través de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Tengo en mi poder copia de esas actas de defunción que fueron levantadas de manera irregular por el Registro Civil estatal el 23 de marzo de 2006. En ese documento un médico de nombre Jorge A. Blanco Cepeda con número de Cédula profesional 421205 señaló como causa del fallecimiento: 'politraumatizado, inmediato. Explosión interior de la mina, inmediato. Derrumbe al interior de mina, inmediato. Tipo de defunción: Accidental'. Señala como lugar de la muerte: 'Mina 8 Pasta de Conchos, S. Juan de Sabinas, Coah. IMMSA', esto de cada uno de los mineros.
¡El médico dio fe de las causas de la muerte sin tener los cuerpos a la vista! ¿Qué método realizaron los funcionarios implicados para lograr tremenda hazaña científica?
Es inconcebible que estas muertes ocurridas en plena labor de estos trabajadores no aparezcan en los registros estadísticos del IMSS.
¿Será por ese motivo que las viudas de los mineros a la fecha no hayan recibido las pensiones a que tienen derecho? Son más de dos años y casi tres meses de ocurrida la tragedia y el gobierno no se ha hecho responsable de sus obligaciones a través del IMSS. ¿Por qué esta indolencia?
La página del IMSS se encuentra 'actualizada' en cifras de riesgos de trabajo hasta 2006 con las omisiones mencionadas. Pero no aparecen las cifras de los años 2007 y los meses de 2008. Uno puede suponer que el equipo burocrático que trabaja en los datos del último periodo verifica las cifras para darlas a conocer en su oportunidad posteriormente, pero es evidente que no es así.
Otro dato inconcebible que maneja el IMSS es que durante el año de 2006 ¡sólo ocurrieron 2 muertes por enfermedades de trabajo! Una sucedida en el estado de Hidalgo y otra en el sur del Distrito Federal. Si la cifra fuera cierta, habría que felicitar a empresarios y servidores que cuidan eficazmente la salud de las y los trabajadores en nuestro país, pero ello está muy lejos de serlo.
Para conocer la realidad basta asomarse a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje ubicada en avenida Azcapotzalco la Villa # 311, en la Delegación Azcapotzalco del Distrito Federal. Allí miles de trabajadores enfermos y viudas de otros sufren las penurias de largos juicios por reclamar el reconocimiento de enfermedades de trabajo y el pago de sus pensiones.
Los médicos del IMSS tienen la orden de no reconocer los riesgos de trabajo de las y los trabajadores que así lo reclaman, con la amenaza de ser sancionados si lo hacen. Las trabajadoras y los trabajadores 'clínicamente' cuando están enfermos se les reconoce: 'enfermedad general y no de trabajo'.
Por eso no aparecen en los registros oficiales los trabajadores que fallecen por enfermedades de trabajo. La viuda tiene la insultante obligación de probar en juicio la enfermedad de trabajo de su esposo fallecido; ello es un verdadero reto cuando el expediente clínico tiene información tergiversada, limitada y el trabajador enfermo, que sería la mejor evidencia, ha fallecido.
No es admisible que una institución como el IMSS con la responsabilidad social que tiene mienta en las cifras sobre riesgos de trabajo. Es un acto abusivo, porque la institución busca mezquinamente tener las menores erogaciones posibles y con ello afectar a los trabajadores con riesgo de trabajo, a las viudas y sus hijos.
Estas omisiones y falsedades en las cifras que proporciona el IMSS no pueden minimizarse. Debe auditarse la información sobre riesgos de trabajo por instancias oficiales ajenas al IMSS dando intervención al Congreso de la Unión, a organismos civiles y de derechos humanos independientes para deslindar responsabilidades y elaborar propuestas de reformas legislativas.
Por lo pronto estamos a la espera de una respuesta razonable por parte del IMSS de estas cifras que son una burla para las y los trabajadores de nuestro país.
Manuel Fuentes Muñiz es Abogado, especialista en temas de justicia, profesor en la Universidad Autónoma Metropolitana.
El Instituto Mexicano del Seguro Social es la única fuente de información oficial en nuestro país, desde 1944, sobre riesgos de trabajo. Proporciona datos sobre accidentes, enfermedades y muertes en el trabajo y la clasifica en razón de sexo, edad y entidad federativa. Sin embargo, existen cifras que ponen en duda la veracidad de la información proporcionada.
Al realizar una revisión en la página oficial en Internet: www.imss.gob.mx/imss sobre el número de defunciones por riesgo de trabajo considerando cada entidad federativa, me encuentro con la sorpresa que durante al año de 2006 en el estado de Coahuila aparecen registradas únicamente 42 muertes laborales. De esta cifra resultan 38 hombres y 4 mujeres fallecidas a causa de un riesgo en el centro de trabajo.
¿Por qué no aparecen en las estadísticas del IMSS considerados los 65 mineros que fallecieron el 19 de febrero de 2006 en la Mina 8 de Pasta de Conchos? Fue un hecho público y conocido y una noticia de trascendencia nacional. El propio Secretario de Trabajo en ese entonces, Francisco Salazar Sáenz dio a conocer a los familiares el 23 de febrero de ese 2006 oficialmente la muerte de los mineros.
¿No aparecen registrados como muertos los 65 mineros, porque no han sido rescatados sus restos? Esto no parece concebible porque el mismo gobierno del estado de Coahuila fabricó actas de defunción que luego fueron usadas por el Gobierno federal a través de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo.
Tengo en mi poder copia de esas actas de defunción que fueron levantadas de manera irregular por el Registro Civil estatal el 23 de marzo de 2006. En ese documento un médico de nombre Jorge A. Blanco Cepeda con número de Cédula profesional 421205 señaló como causa del fallecimiento: 'politraumatizado, inmediato. Explosión interior de la mina, inmediato. Derrumbe al interior de mina, inmediato. Tipo de defunción: Accidental'. Señala como lugar de la muerte: 'Mina 8 Pasta de Conchos, S. Juan de Sabinas, Coah. IMMSA', esto de cada uno de los mineros.
¡El médico dio fe de las causas de la muerte sin tener los cuerpos a la vista! ¿Qué método realizaron los funcionarios implicados para lograr tremenda hazaña científica?
Es inconcebible que estas muertes ocurridas en plena labor de estos trabajadores no aparezcan en los registros estadísticos del IMSS.
¿Será por ese motivo que las viudas de los mineros a la fecha no hayan recibido las pensiones a que tienen derecho? Son más de dos años y casi tres meses de ocurrida la tragedia y el gobierno no se ha hecho responsable de sus obligaciones a través del IMSS. ¿Por qué esta indolencia?
La página del IMSS se encuentra 'actualizada' en cifras de riesgos de trabajo hasta 2006 con las omisiones mencionadas. Pero no aparecen las cifras de los años 2007 y los meses de 2008. Uno puede suponer que el equipo burocrático que trabaja en los datos del último periodo verifica las cifras para darlas a conocer en su oportunidad posteriormente, pero es evidente que no es así.
Otro dato inconcebible que maneja el IMSS es que durante el año de 2006 ¡sólo ocurrieron 2 muertes por enfermedades de trabajo! Una sucedida en el estado de Hidalgo y otra en el sur del Distrito Federal. Si la cifra fuera cierta, habría que felicitar a empresarios y servidores que cuidan eficazmente la salud de las y los trabajadores en nuestro país, pero ello está muy lejos de serlo.
Para conocer la realidad basta asomarse a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje ubicada en avenida Azcapotzalco la Villa # 311, en la Delegación Azcapotzalco del Distrito Federal. Allí miles de trabajadores enfermos y viudas de otros sufren las penurias de largos juicios por reclamar el reconocimiento de enfermedades de trabajo y el pago de sus pensiones.
Los médicos del IMSS tienen la orden de no reconocer los riesgos de trabajo de las y los trabajadores que así lo reclaman, con la amenaza de ser sancionados si lo hacen. Las trabajadoras y los trabajadores 'clínicamente' cuando están enfermos se les reconoce: 'enfermedad general y no de trabajo'.
Por eso no aparecen en los registros oficiales los trabajadores que fallecen por enfermedades de trabajo. La viuda tiene la insultante obligación de probar en juicio la enfermedad de trabajo de su esposo fallecido; ello es un verdadero reto cuando el expediente clínico tiene información tergiversada, limitada y el trabajador enfermo, que sería la mejor evidencia, ha fallecido.
No es admisible que una institución como el IMSS con la responsabilidad social que tiene mienta en las cifras sobre riesgos de trabajo. Es un acto abusivo, porque la institución busca mezquinamente tener las menores erogaciones posibles y con ello afectar a los trabajadores con riesgo de trabajo, a las viudas y sus hijos.
Estas omisiones y falsedades en las cifras que proporciona el IMSS no pueden minimizarse. Debe auditarse la información sobre riesgos de trabajo por instancias oficiales ajenas al IMSS dando intervención al Congreso de la Unión, a organismos civiles y de derechos humanos independientes para deslindar responsabilidades y elaborar propuestas de reformas legislativas.
Por lo pronto estamos a la espera de una respuesta razonable por parte del IMSS de estas cifras que son una burla para las y los trabajadores de nuestro país.
Manuel Fuentes Muñiz es Abogado, especialista en temas de justicia, profesor en la Universidad Autónoma Metropolitana.
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