Lo que faltaba dentro de la simulación que nos escuchan y ahora por eso mismo preparan terreno para censura impresa:
Derecho de expresión no es ilimitado: SCJN
México, DF. La Ley de Delitos de Imprenta no viola la libertad de prensa, determinó la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual determinó que el derecho de expresión, aún y cuando es fundamental y está protegido constitucionalmente, no es ilimitado, sino que tiene como límites la moral, los derechos de terceros, el respeto a la vida privada y la paz pública.
Los ministros de la Sala determinaron que la protección que hace dicha norma al honor y la reputación de una persona sobre cualquier manifestación, es decir de la libertad de expresión de otro sujeto, no excede los límites del respeto a la vida privada que establece el Artículo 7 de la Carta Magna.
Argumentó que en los propios Artículos 6 y 7 de la Constitución se establecen los límites a tal libertad, como lo son la moral, los derechos de tercero, el respeto a la vida privada y la paz pública. Los ministros puntualizaron que cuando una expresión afecta el honor de una persona, también se afecta su vida privada, y al protegerse el honor y la reputación de una persona se protege su vida privada, pues son factores integrantes de ella.
Los integrantes del alto tribunal recalcaron que el honor y la intimidad, que se constituye con los extremos personales de la vida y del entorno familiar, es parte del derecho a la vida privada.
Definieron que el honor es el aprecio y estima que una persona recibe en la sociedad en que vive, el cual se vincula de manera directa con la dignidad, y por tanto, con su vida privada. De afectarse ese aprecio o estima, ésta no sólo tendrá un impacto estrictamente social, sino también en la vida privada.
Lo anterior se estableció al resolverse un amparo en revisión presentado por el consultor en asuntos migratorios Primitivo Rodríguez Oceguera en contra de la sentencia del 30 de junio de 2006 a favor del analista Sergio Aguayo Quezada, en la que se determinaba que el primero ocasionó daño moral al segundo al acusarlo de manera "infundada de estar vinculado con agencias promotoras de intereses intervencionistas de Estados Unidos".
Fuente: Jesús Aranda y Notimex
¡Santos recorcholis ya no podremos imprimir netas lo que son netas para balconear a los espurios pues sus tranzas podrán decir son SU VIDA PRIVADA! ahhh ya ven que es tan espurio el poder judicial como los otros dos ¿cuando nos organizamos para ya desconocerlos a los tres?, ¿quien dice yo?
2 comentarios:
vaya vaya, qué oportuna Ley ahorita ¿ no ?, ahora que el hombre más calumniado e insultado del país, nuestro Presidente Legítimo, según se rumora, parece ser que está por sacar un libro que está terminando en estos días, con la VERDAD del fraude del 2 de julio.
Sucede que ya lo están amenazando desde ahorita que no se atreva a decirles a las cosas por su nombre porque se las va a ver con la "Ley".
¿ o van a usar esta Ley para que la editorial no lo quiera sacar, si es que es cierto lo del libro ?
Y luego van a salir con una ley de hay de aquel que le diga espurio al espurio, hay de aquel que le diga legítimo al Obrador Legítimo, así se la van a llevar a base de represión al estilo del pinochetito (pincheojetito). Saludos.
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